Todos los edificios deben contar con sistemas de seguridad y protección contra incendios adecuados para que, en caso de producirse un incendio puedan acceder a ellos con la menor dificultad posible. En esta ocasión vamos a hablar sobre la columna seca y en qué casos debe utilizarse.
¿Qué es una columna seca?
Lo primero que hay que saber es que la columna seca es un tipo de instalación que se realiza en edificios de una altura considerable y es de uso exclusivo para bomberos.
El objetivo de una columna seca es poder transportar agua desde el camión de bomberos por todo el edificio, con el caudal adecuado y sin que esta pierda presión en los pisos más elevados.
La columna seca permite a los bomberos distribuir el agua por las distintas plantas del edificio, sin tener que extender la manguera a través de las escaleras, facilitándoles su trabajo.
Este sistema está constituido por una tubería ascendente realizada en acero galvanizado de 80 milímetros de diámetro. La tubería sube por la caja de las escaleras donde dispone de saldas en diferentes pisos, conectadas a una salida independiente en la fachada exterior del edificio.
¿En qué casos debe instalarse una columna seca?
En el Código Técnico de la Edificación se establece la obligatoriedad de columnas secas en:
EDIFICIOS NO INDUSTRIALES
– Edificios Residencial vivienda, Administrativo Residencial público, Docentes, Comerciales o de Pública concurrencia siempre que la altura de evacuación sea superior a 24 metros de altura.
– Edificios de tipo Hospitalario cuando la altura de evacuación sea superior a 15 metros de altura.
– En garajes y parkings cuando tengan más de tres plantas bajo rasante o más de cuatro sobre rasante, en esos casos se pondrán tomas en todas las plantas.
Los municipios pueden sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio equipada (BIEs), cuando por el emplazamiento del edificio o por el nivel de dotación de los servicios públicos de extinción existentes no quede garantizada la utilidad de la instalación de una columna seca.
Si el edificio cuenta con columna seca, este debe tener un acceso adecuado de maniobra para los bomberos, con una separación máxima del vehículo de bomberos a la fachada del edificio de 23 metros (en edificios de hasta 15 metros de altura de evacuación), 18 metros (para edificios con entre 15 y 20 metros de altura de evacuación) y 10 metros (en edificios de más de 20 metros de altura de evacuación) y una anchura mínima libre de 5 metros.
EDIFICIOS INDUSTRIALES
Según el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales (R.D. 2267/2004), los establecimientos de tipo industrial estarán obligados a instalar un sistema de columna seca si son de riesgo intrínseco medio/alto y tienen una altura igual o superior a 15 metros.
En estos casos, las bocas de salida deben estar situadas en las cajas de escalera o vestíbulos de fácil acceso.
¿Qué elementos básicos posee una columna seca?
El actual Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios R.D. 513/2017 define los elementos básicos de los que se debe integrar una columna seca:
– Toma de agua en fachada: Debe estar situada en el vestíbulo del edificio o incluso en el exterior, a 90 centímetros del suelo y debidamente señalizado como «uso exclusivo para bomberos». La toma de agua estará compuesta a su vez por una conexión siamesa con una llave de entrada enroscada y dos salidas de 70 mm.
– Boca de salida en planta: Se sustituirá una boca de salida en las plantas pares del edificio hasta llegar a la octava planta y en todas a partir de esta. Todas las salidas incorporarán una conexión siamesa de llaves con salida de 45 mm,
– Boca de salida en planta con llave de seccionamiento: Situada cada cuatro plantas y ubicada sobre la conexión de la boca de salida.
Mantenimiento de la columna seca
Las columnas secas, al igual que cualquier otro sistema de Protección contra Incendios, siempre deben ser instaladas por una empresa habilitada a tal efecto, siendo mantenidas de forma adecuada.
Su mantenimiento debe realizarse de manera regular cada seis meses tal y como indica el Reglamento de Instalaciones de Protección con Incendios R.D. 513/2017 en sus tablas I y II, comprobamos el correcto funcionamiento de tapas y cierres, accesibilidad de la entrada, señalización correcta y estado de las llaves de conexión.
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