Establecimientos obligados

Existen algunos establecimientos que por ley están obligados a tener sistemas de seguridad. En 2011, se aprobaron varias órdenes ministeriales que regulaban de manera adecuada algunos aspectos poco claros del Reglamento de Seguridad Privada.

Tras esta publicación se definió que los establecimientos que necesariamente precisan de sistemas de seguridad atenderán al Grado 3 de Seguridad. Este grado de seguridad, nivel medio-alto, obliga a tener un Sistema de Alarmas conectado a una Central Recetora de Alarmas (CRA).

Además, todos los grados de seguridad tienen sus medidas mínimas. En este caso, todos los establecimientos tienen que tener un sistema de seguridad electrónico conectado a la CRA mediante dos vías de comunicación y un sistema de CCTV conectado a la CRA que evidencie los posibles saltos de alarma.

Los establecimientos obligados por ley a disponer de estos sistemas son:

  • Bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito
  • Joyerías y Platerías
  • Entidades de Crédito
  • Estaciones de Servicio y unidades de suministro de combustibles y carburantes
  • Galerías de Arte
  • Tiendas de Antigüedades
  • Administraciones de Loterías
  • Establecimientos de Subastas
  • Oficinas de farmacia
  • Despachos de Apuestas, Mutuas y Administraciones de Lotería
  • Casinos de Juego
  • Salas de Bingo y salones de máquinas de juego
  • Otras unidades de negocio y almacenamiento de efectivo

Estos sistemas de seguridad estarán regulados de acuerdo a la norma UNE-CLC/TS 50131-7.

* RD 2364/1994 | ORDEN INT-316/2011 | ORDEN INT-317/2011 | ORDEN INT-1504/2013

A parte de la obligatoriedad de los sistemas de seguridad, es igualmente importante disponer de un sistema de protección contra incendios. Las fuentes de incendios de estos establecimientos suelen ser:

  • Chispas debidas a interruptores
  • Cortocircuitos
  • Sobrecargas
  • Electricidad estática
  • Suciedad o elementos externos que puedan producir llama por sobrecalentamiento

Es importante disponer de sistemas de protección contra incendios para evitar posibles daños en tu establecimiento y para evitar que estos daños puedan extenderse a locales colindantes.

En PROTELSUR® tenemos sistemas de protección contra incendios activo y pasivo, además nos encargamos del estudio previo, la instalación y el mantenimiento posterior de ambos sistemas. Este último apartado es fundamental ya que nos van a garantizar que nuestro sistema está en condiciones óptimas si tiene que ser usado. Desde aquí puede acceder a nuestros servicios y obtener información específica de cada uno de ellos.

 

 

 

 

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